SOLICITAR UN DOCUMENTO DE VIAJE, PERMISO PARA REINGRESO, DOCUMENTO DE VIAJE PARA REFUGIADO O PERMISO ANTICIPADO.
Número de páginas:
Formulario 3.
Fecha de edición:
11/23/10. Se aceptan las ediciones con las fechas de 02/12/10, 07/14/09, 03/24/09, 10/30/08, 05/27/08 y 02/26/08.
Dónde solicitar:
Depende de cuál es su estatus, TPS, Refugiado, I-485 pendiente, etc.
Cuotas de radicación:
$360. El documento de viaje de un Refugiado de edad de 16 años o mayor es de $135 y para menores es de $105. Se requiere servicios biométricos cuya tarifa es de $85, para aquellos solicitantes por un permiso de re-entrada y un documento de viaje de refugiado de las edades de 14 a 79 años, a menos que el solicitante resida fuera de los EE.UU. en el tiempo de presentar su solicitud. Para los solicitantes de “advance parole” no se requiere servicios biométricos. Si desea pagar ambas tarifas con un cheque o giro postal, puede hacerlo por un total de $445 a nombre de “Department of Homeland Security”
Instrucciones especiales:
En las instrucciones para el Formulario I-131 podrá obtener información específica sobre el lugar de tramitación.
Período de tramitación para la renovación de un documento de permiso anticipado:
Si está solicitando la renovación de su documento de permiso anticipado (I-512L o I-512), el USCIS aceptará y analizará formularios I-131 presentados hasta 120 días antes de la fecha de vencimiento de su documento actual.
Información acerca de las tarifas:
La tarifa para el Documento de Viaje de Refugiado para un solicitante de 16 años de edad o mayor es $135, y para un niño menor de 16 años es $105.
El pago de la tarifa biométrica de $85 es requerida para el Permiso de Reingresar y un Documento de Viaje de Refugiado, para los solicitantes de edades entre 14-79 años de edad inclusive, al menos que el solicitante resida fuera de los Estados Unidos al momento de presentar su petición.
No se requiere el pago de la tarifa biométrica para los solicitantes de “permiso anticipado.”
La tarifa de la solicitud y de servicios biométricos se puede pagar con un solo cheque de $445. Los cheques deben ser pagaderos al “Department of Homeland Security”.
La tarifa para una petición de “permiso anticipado” amparada en motivos humanitarios podrá ser exenta, en base a una incapacidad de pago comprobada. Las solicitudes de “permiso” amparadas en fines humanitarios son las Solicitudes de Tipos “e” y “f” que aparecen en la Parte 2 de la Solicitud I-131. La tarifa biométrica puede ser igualmente exenta amparada en una incapacidad de pago comprobada. Los solicitantes deben considerar usar la Solicitud I-912, Solicitud de Exención de Tarifa, para asegurarse que tales solicitudes estén apoyadas de acuerdo a la sección 103.7(c) del “8 CFR” (Título 8 del Código de Reglamentos Federales).
Notificación Electrónica de Petición/Aceptación de la Solicitud: Si desea recibir un correo electrónico y/o mensaje de texto cuando su Formulario I-131 haya sido recibido en la oficina “USCIS Lockbox”, complete el Formulario G-1145, Notificación Electrónica de Aceptación de Petición/Solicitud y anéxelo a la primera página de su solicitud. El Formulario G-1145 puede ser descargado desde el enlace que aparece arriba.
Referencia: http://www.uscis.gov/portal/site/uscis-es