Propósito del formulario:
Este formulario se utiliza para demostrar que el solicitante extranjero tiene suficiente patrocinio económico para vivir sin ser una carga pública para el gobierno de los Estados Unidos.
Número de páginas:
10
Fecha de edición:
10/18/2007. También se acepta la versión con fecha del 11/01/2006. No se aceptan otras versiones.
Dónde solicitar:
Para información sobre dónde debe presentar el formulario, vea las instrucciones especiales en esta página.
Cuotas de radicación:
Aunque USCIS no cobra una tarifa por presentar este formulario, el Departamento de Estado cobra una tarifa de $70 cuando la declaración jurada de patrocinio económico es revisada domésticamente. Esto no aplica si la declaración jurada de patrocinio económico es presentada en el extranjero.
Todos los patrocinadores deben presentar el Formulario I-864 con la siguiente documentación:
• Prueba de empleo ó de ser su propio empleador
• Una fotocopia o una copia emitida por el Servicio de Rentas Internas de su declaración de impuestos Federales más reciente, o una explicación si no la ha presentado. También le pueden pedir que presente sus formularios W-2 y/o los formularios 1099.
Usted también puede presentar, si lo desea, una fotocopia o una copia emitida por el Servicio de Rentas Internas de sus declaraciones de impuestos Federales de los dos o tres últimos años, si piensa que con ello podrá demostrar que ha mantenido el ingreso familiar de acuerdo con los Lineamientos de pobreza tal y como se indican en el Formulario I-864P.
Si usted también utilizará los ingresos de su familia y dependientes para calificar como patrocinador, debe presentar un Formulario I-864A separado, Contrato entre el patrocinador y el miembro de la familia por cada una de las personas cuyos ingresos serán utilizados para el patrocinio.
Nota sobre dónde presentar la declaración:
Entréguele la declaración jurada de patrocinio y toda la documentación requerida al inmigrante que está patrocinando para que se la entregue con uno de estos funcionarios:
• A un funcionario del consulado, con el Formulario OF-230, Solicitud de visa de inmigrante y registro de extranjero completado ó
• A un funcionario de inmigración con el Formulario I-485, Solicitud de residencia permanente o ajuste de estatus completado.
Revisión más reciente11/16/2009
Referencia: http://www.uscis.gov/portal/site/uscis-es